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Justicia de Orán Avala la Operación Roca: Fuerte Rechazo de Organismos de DDHH

El juez federal de Orán, Gustavo Montoya, ha desestimado el habeas corpus colectivo preventivo presentado por organizaciones de derechos humanos de Salta contra la «Operación Presidente Julio Argentino Roca». Esta operación implica la participación de las Fuerzas Armadas en tareas de seguridad interior, una medida que ha generado fuerte controversia.

La decisión del magistrado se produjo tras escuchar a Luciana Carrasco, jefa de Gabinete del Ministerio de Defensa de la Nación, quien defendió la militarización de la frontera norte argentina. Carrasco argumentó que la operación es completamente legal y que su objetivo es proteger la soberanía nacional ante «nuevas amenazas», garantizando que no se vulnerarán los derechos humanos. Tildó la acción de los amparistas de «totalmente improcedente», basada en «cuestiones ideológicas» y «sin sustento jurídico».

Junto a Carrasco estuvieron el general de Brigada Cristian Pablo Pafundi, comandante de Operaciones Conjuntas de las Fuerzas Armadas, y Augusto Guruciega, director general de Asuntos Jurídicos. La funcionaria enfatizó que no se trata de una operación de seguridad interior, sino de una «operación militar».

Preocupación de los Organismos de Derechos Humanos

Los representantes de las organizaciones de derechos humanos, entre ellos Blanca Lescano, Fernando Pequeño Ragone, Elena Rivero y Elia Fernández, patrocinados por el abogado Martín Plaza, manifestaron su inquietud ante estas declaraciones. Perciben la «Operación Roca» como una peligrosa dilución de los límites entre defensa y seguridad interna, lo que podría acarrear riesgos para las libertades y la integridad de la población, especialmente para los trabajadores y residentes fronterizos. Anunciaron que apelarán la decisión del juez Montoya.

Las organizaciones también cuestionaron la afirmación de Carrasco de que las reglas de empeñamiento (el protocolo de actuación de las fuerzas armadas) son «secretas y reservadas». Aunque la funcionaria aseguró que no se contempla la detención de civiles sino «aprehensión en caso de flagrancia» y que se usarán cámaras corporales (body cams) como garantía, los amparistas lo consideran un intento superficial de control. «Nuestra experiencia indica que la teoría y la práctica pueden diferir, especialmente en zonas de frontera con poblaciones vulnerables», señalaron. La falta de acceso público a estas normas, agregaron, «alimenta nuestra desconfianza, porque vemos en el secretismo un caldo de cultivo para la impunidad».

Debates sobre la Legalidad y la Historia

Carrasco fundamentó la legalidad de la operación citando la Constitución Nacional, el Decreto Ley 15385 de 1944 sobre «zonas de seguridad de fronteras», y el Decreto 253 de 2018 que lo actualiza, entre otras normativas. También invocó el Decreto 457 de 2021 sobre la directiva de política de defensa nacional y el Operativo Escudo Norte de 2011 como precedentes.

Sin embargo, los organismos de derechos humanos critican la «interpretación y aplicación» de estas normas. Les llamó la atención la mención del Decreto Ley 15385 de 1944, al que consideran parte de un «contexto muy diferente (gobierno de facto)», lo que podría «justificar prácticas que hemos cuestionado históricamente».

Además, lamentaron la «polarización» generada por el lenguaje utilizado por Carrasco, quien calificó el habeas corpus de «improcedente» e «ideológico». «Esta retórica dificulta el diálogo y la comprensión mutua», aseguraron, reiterando que sus argumentos se basan en una «experiencia histórica de violencia institucional y la protección de derechos fundamentales». La preocupación central radica en el «difuso límite» que esta operación establece entre lo militar y lo policial, temiendo que la presencia militar en zonas pobladas y con actividades informales pueda derivar en «abuso de poder y vulneración de derechos, como ya ha ocurrido con ‘consecuencias mortales para trabajadores informales de frontera'».

La Operación Roca «aún no está desplegada» y sus procedimientos siguen en coordinación, lo que para los organismos añade «una capa de incertidumbre que justifica aún más la necesidad de una revisión judicial preventiva».