ARCA Abre Nuevas Facilidades de Pago para Deudas Fiscales: Adhesión desde Julio 2025
A partir del próximo 1 de julio de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pondrá en marcha un nuevo plan especial de facilidades de pago. Esta iniciativa, en línea con las directrices del Gobierno Nacional para optimizar la recaudación y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, permitirá a contribuyentes de diversos tipos regularizar deudas fiscales y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025, inclusive.
¿Quiénes Pueden Adherirse y Qué Obligaciones Incluye?
El plan está abierto a una amplia gama de contribuyentes, incluyendo personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de los contribuyentes.
En cuanto a las obligaciones incluidas, se podrán regularizar:
- Deudas impositivas y de la seguridad social.
- Monotributo.
- Retenciones y percepciones impositivas.
- Obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación, así como sus liquidaciones y los intereses correspondientes.
Es crucial destacar que este plan no contempla la reducción de intereses ni la liberación de sanciones asociadas a las deudas.
Condiciones Clave de los Nuevos Planes de Pago
El nuevo esquema de facilidades de pago presenta características flexibles para los contribuyentes:
- Sin límite de planes: No habrá restricciones en la cantidad de planes que se pueden presentar.
- Fecha de consolidación: La deuda se consolidará en la fecha en que el contribuyente se adhiera al plan.
- Pagos a cuenta, cuotas y tasa de financiación: Las condiciones varían según el tipo de contribuyente:
Tipo de contribuyente | % de Pago a Cuenta | Cuotas Máximas | Tasa de Financiación Fija |
---|---|---|---|
Personas humanas y sucesiones indivisas, micro, pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud | 10 % | 60 | 50 % de la tasa de interés resarcitorio (según MECON) |
Medianas empresas (tramos 1 y 2, excepto personas humanas y sucesivas indivisas) | 15 % | 48 | 50 % de la tasa de interés resarcitorio (según MECON) |
Resto de los contribuyentes | 20% | 36 | 50 % de la tasa de interés resarcitorio (según MECON) |
Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000 por cuota. La caducidad del plan se producirá si se constata la falta de pago de 2 cuotas, seguidas o alternadas, dentro de los 60 días corridos.
Esta iniciativa de ARCA subraya su compromiso con la facilitación del cumplimiento tributario y el fomento de la regularización voluntaria, buscando así contribuir al fortalecimiento de las finanzas públicas y al desarrollo económico del país.