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EconomíaNacionales

ARCA Abre Nuevas Facilidades de Pago para Deudas Fiscales: Adhesión desde Julio 2025

A partir del próximo 1 de julio de 2025, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) pondrá en marcha un nuevo plan especial de facilidades de pago. Esta iniciativa, en línea con las directrices del Gobierno Nacional para optimizar la recaudación y facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias, permitirá a contribuyentes de diversos tipos regularizar deudas fiscales y de seguridad social vencidas hasta el 30 de abril de 2025, inclusive.

¿Quiénes Pueden Adherirse y Qué Obligaciones Incluye?

El plan está abierto a una amplia gama de contribuyentes, incluyendo personas humanas, sucesiones indivisas, micro, pequeñas y medianas empresas (tramos 1 y 2), entidades sin fines de lucro, empresas del sector salud, y el resto de los contribuyentes.

En cuanto a las obligaciones incluidas, se podrán regularizar:

  • Deudas impositivas y de la seguridad social.
  • Monotributo.
  • Retenciones y percepciones impositivas.
  • Obligaciones aduaneras por tributos a la importación o exportación, así como sus liquidaciones y los intereses correspondientes.

Es crucial destacar que este plan no contempla la reducción de intereses ni la liberación de sanciones asociadas a las deudas.

Condiciones Clave de los Nuevos Planes de Pago

El nuevo esquema de facilidades de pago presenta características flexibles para los contribuyentes:

  • Sin límite de planes: No habrá restricciones en la cantidad de planes que se pueden presentar.
  • Fecha de consolidación: La deuda se consolidará en la fecha en que el contribuyente se adhiera al plan.
  • Pagos a cuenta, cuotas y tasa de financiación: Las condiciones varían según el tipo de contribuyente:
Tipo de contribuyente % de Pago a Cuenta Cuotas Máximas Tasa de Financiación Fija
Personas humanas y sucesiones indivisas, micro, pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud 10 % 60 50 % de la tasa de interés resarcitorio (según MECON)
Medianas empresas (tramos 1 y 2, excepto personas humanas y sucesivas indivisas) 15 % 48 50 % de la tasa de interés resarcitorio (según MECON)
Resto de los contribuyentes 20% 36 50 % de la tasa de interés resarcitorio (según MECON)

Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas, con un monto mínimo de $2.000 por cuota. La caducidad del plan se producirá si se constata la falta de pago de 2 cuotas, seguidas o alternadas, dentro de los 60 días corridos.

Esta iniciativa de ARCA subraya su compromiso con la facilitación del cumplimiento tributario y el fomento de la regularización voluntaria, buscando así contribuir al fortalecimiento de las finanzas públicas y al desarrollo económico del país.